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Lección ID-106.1.2
Actualizada al:
31/08/2023
Que el usuario conozca la forma de cargar un nuevo certificado de sello digital al sistema.
El Certificado de Sello Digital (CSD) es expedido por el SAT y es para uso específico de la
generación de Comprobantes Fiscales Digitales (CFD).
El CSD, está compuesto de una llave pública (.cer), una privada (.key) sin embargo, es
fundamental entender que el CSD es diferente de la e.firma (Firma Electrónica) anteriormente conocida como FIEL. Así
mismo el CSD debe estar registrado en la Lista de Contribuyentes Obligados (LCO), que es una lista
que emite el SAT que, en resumen, contiene los CSD de aquellos contribuyentes que pueden emitir
facturación electrónica.
Si su certificado ya no se encuentra vigente será necesario reemplazarlo, para esto debe solicitar un nuevo CSD ante el SAT en la aplicación CertiSAT (le sugerimos apoyarse con su contador para realizar este proceso).
Para realizar esta acción primero deberá ingresar al sistema tal y como se indica en la lección ID-101.1
Una vez dentro del sistema, ingrese al módulo "Facturación".
A continuación de click en el botón "Configuración" ubicado en el menú "Acciones".
Enseguida se mostrarán las opciones disponibles del panel de configuración. De click en la opción "Certificados Digitales".
Al ingresar, podrá observar aquellos certificados registrados y su estatus, para cargar un nuevo CSD presione el botón "Agregar certificado" ubicado en la parte derecha de la ventana.
A continuación, seleccione la ubicación de los archivos correspondientes a su nuevo CSD, primeramente ingrese el archivo ".cer" dando click en el botón "Examinar", igualmente deberá seleccionar el archivo ".key" y la contraseña de la llave privada.
Al seleccionar la opción "Reemplazar" indicará al sistema que el nuevo certificado será utilizado a partir de ese momento para realizar sus comprobantes electrónicos reemplazando el anterior.
Nota: Es necesario que su nuevo CSD esté registrado en la LCO para continuar con la emisión de sus facturas electrónicas, este periodo de registro puede tardar entre 48 a 72 horas, Solución Factible® solo cuenta con privilegios de lectura y no tiene ninguna facultad de edición o modificación de la lista.
Para finalizar, de click en el botón "Guardar".