La LCO fue actualizada por última vez el 21/nov/2024

Contabilidad

En Solución Factible® nos preocupamos por nuestros clientes y por su negocio, es por eso que contamos con un módulo de Contabilidad. El tener un buen sistema contable que sea eficiente y funcional en nuestra organización, no solo tiene el beneficio de poseer un activo intangible, sino también por las características y funcionalidad que este pueda tener, indiscutiblemente lo convierte en una fuente de información importante, para conocer de la situación económica y financiera  para nuestras organizaciones.

Es por eso que nosotros ya estamos preparados para que usted pueda utilizar nuestro módulo de Contabilidad y gozar de los beneficios que nuestro portal le ofrece:

  • Cumple con la disposición del SAT para contabilidad electrónica.
  • Agiliza la contabilización de tus comprobantes de ingresos y egresos.
  • Ahorras tiempo al tener todo en un mismo lugar.
  • Tienes toda tu información en línea, accesible cuando la quieras.
  • Te brinda un ambiente amigable y facilidad de captura.
  • Contamos con una sección especializada de reportes que hacen más sencilla la contabilidad.
  • Puede integrarlo con otros procesos para la generación automática de pólizas o cuentas.
  • Controlar las operaciones de la entidad económica.
  • Facilitar la toma de decisiones económicas.

Su información contable queda resguardada y puede consultarla en cualquier momento, desde cualquier computadora o dispositivo con conexión a internet.

El 27 de febrero de 2015, se publicó a través de la página de internet del SAT, un comunicado mediante el cual se extiende el plazo para el envío de la contabilidad:

  • En lo relativo al catálogo de cuentas y balanzas de comprobación, los contribuyentes obligados a enviar su información a partir del ejercicio fiscal de 2015, tendrán a más tardar hasta el 3 o 7 de abril del mismo año para entragar la información de enero 2015, según se trate de personas morales o físicas respectivamente.
  • Por lo que se refiere a las pólizas y auxiliares de cuenta deberán generarse con la información correspondiente a las operaciones realizadas a partir del 1 de julio de 2015, para entregarlas, cuando el SAT las requiera, con posteridad al 3 o 7 de septiembre de 2015, según corresponda a personas morales o personas físicas, respectivamente.

Lo anterior entró en vigor el día 3 de marzo de 2015 y fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015.

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